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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 4 de mayo de 2018 Pág. 23203

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2018, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se dictan instrucciones para el acceso y admisión del alumnado en las enseñanzas superiores de Arte Dramático para el curso 2018/2019.

El Decreto 179/2015, de 29 de octubre, por el que se establece el Plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático en la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 5.1, establece que para el acceso a estas enseñanzas se requerirá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 55.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Asimismo, el punto 4 de dicho artículo establece que la consellería competente en la materia de educación, a través de la dirección general correspondiente, convocará, organizará, desarrollará y evaluará, con carácter anual, una prueba específica de acceso a estos estudios superiores.

Igualmente, la Orden de 21 de noviembre de 2016, por la que se regula la ordenación de las enseñanzas superiores de Arte Dramático en desarrollo de dicho Decreto 179/2015, de 29 de octubre, en sus artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, regula respectivamente los requisitos generales para el acceso, la prueba específica de acceso, las características de la prueba específica de acceso, la prueba que sustituye el requisito de titulación, la convocatoria de las pruebas de acceso, el acceso para aspirantes con discapacidad y el acceso para deportistas de alto rendimiento y/o nivel.

En consecuencia, procede dictar instrucciones para el acceso y la admisión del alumnado a las enseñanzas superiores de Arte Dramático para el curso 2018/2019. Ya que, en virtud de las atribuciones que le son conferidas por el Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, esta dirección general

RESUELVE:

Convocar las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas superiores de Arte Dramático para el curso 2018/19, que se regirán por las siguientes instrucciones:

Primero. Acceso

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden de 21 de noviembre de 2016, se requerirá estar en posesión del título de bachiller o título declarado equivalente a los efectos académicos, o tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, así como la superación de la correspondiente prueba específica de acceso a que se refiere el artículo 55.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. Conforme a lo establecido en el artículo 4.1 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático tendrá por objeto demostrar que la persona aspirante posee la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estos estudios, y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 5 de la citada orden, de acuerdo con la especialidad para la que opte.

3. En coherencia con lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, la superación de la prueba específica de acceso faculta solo para la participación del/de la aspirante en el proceso de admisión a estas enseñanzas, en el curso para el cual son convocadas y realizadas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas, y en cualquiera de los centros del Estado en los que se cursen estas enseñanzas.

4. Podrán presentarse a la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores aquellas personas que, habiendo accedido a la universidad por una vía distinta a la del bachiller acrediten estar en posesión de un título universitario de licenciatura o grado. Quien acredite estar en posesión de un título universitario de diplomatura podrá presentarse a dicha prueba si esa titulación quedó asimilada al correspondiente título universitario de grado.

5. Aquellas personas que deseen realizar la prueba específica de acceso y tengan pendiente de aprobar alguna de las materias del bachiller podrán inscribirse en el proceso de acceso y admisión para realizar dicha prueba, y en el caso de superarla, podrán optar a la asignación de la plaza solicitada, una vez que estén en posesión del título de bachiller, en el plazo extraordinario de matrícula, si hubiere vacantes en el turno correspondiente, y según los criterios de asignación establecidos en esta resolución.

Segundo. Acceso para aspirantes con discapacidad

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, los/las aspirantes al acceso y admisión a las enseñanzas superiores de Arte Dramático que presenten alguna discapacidad podrán requerir la adaptación que corresponda para la realización de las pruebas de acceso a dichas enseñanzas.

2. A tal efecto, los/las aspirantes con alguna discapacidad deberán presentar, junto con su inscripción en el procedimiento de acceso y admisión a las enseñanzas superiores de Arte Dramático, la documentación que acredite oficialmente su discapacidad y entregar una solicitud de adaptación de los medios y condiciones necesarios para realizar la prueba de acceso que corresponda.

3. Le corresponde al tribunal encargado de la organización, realización y calificación de cada prueba adoptar las medidas precisas y adaptar los medios y las condiciones de realización de la prueba, al objeto de permitir que los/las aspirantes con discapacidad puedan realizar la prueba correspondiente en condiciones de igualdad al resto de aspirantes.

Tercero. Acceso para deportistas de alto rendimiento y/o nivel

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, en cada centro de la Comunidad Autónoma de Galicia en que se imparta alguna de las especialidades de los estudios superiores de Arte Dramático, se reservarán adicionalmente las plazas necesarias en cada especialidad impartida, para el acceso a éstas de aspirantes con la condición de deportista gallego/a de alto nivel y/o rendimiento, y que reúna los requisitos académicos establecidos.

Cuarto. Órganos competentes para resolver los procesos de admisión

1. Acceso. Tribunales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, para la organización, realización, evaluación y calificación de la prueba específica de acceso, se constituirá un tribunal por especialidad, que figura en el anexo de esta resolución. La Dirección de la Escuela garantizará la actuación de estos tribunales y, en su caso, de las suplencias que se puedan producir.

2. Admisión. Comisión de admisión.

A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en esta resolución, se constituirá una comisión que supervisará el proceso de admisión del alumnado y el cumplimiento de las normas que lo regulan, y propondrá, en su caso, a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa la adopción de las medidas que considere adecuadas. Los miembros de esta comisión son los que se recogen en el anexo de esta resolución.

Quinto. Inscripción de los/las aspirantes al acceso

1. La inscripción se hará en la secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia en el plazo comprendido entre el día siguiente al de la publicación de esta Resolución y el 18 de junio, ambos incluidos. A tal fin, el centro deberá exponer en su tablón de anuncios la normativa reguladora de admisión del alumnado, así como el número de plazas ofertadas por especialidad.

2. Para la formalización de las solicitudes de admisión, la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia facilitará a las personas interesadas el modelo a tal efecto. Una vez cubierto, se entregará en la secretaría del centro, junto con la siguiente documentación: título de bachiller o titulación equivalente, o certificación de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. En el caso de aspirantes que tengan pendiente la superación de la prueba que sustituye el requisito de titulación o alguna materia del Bachiller, lo harán constar en la solicitud, quedando condicionada su admisión a la superación de la misma.

3. El día 20 de junio, la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia expondrá, en su tablón de anuncios y en su página web, la lista provisional de aspirantes admitidos/as a las pruebas específicas. Las personas aspirantes que no fueran admitidas o que observen errores en la lista podrán presentar reclamación en la secretaría de la escuela los días 21 y 22 de junio.

4. El día 25 de junio, la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia deberá enviar a la comisión de admisión, a través del correo electrónico sxapere@edu.xunta.es, la relación definitiva de inscritos/as para el acceso y admisión. Dicha relación figurará ordenada alfabéticamente, con apellidos, nombre, documento nacional de identidad, NIE o pasaporte, según proceda; prueba o pruebas que deban superar, especialidad/es de los estudios superiores de Arte Dramático a los que opte.

5. El día 25 de junio, será expuesta en el tablón de anuncios de la escuela, así como en el portal educativo de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria http://www.edu.xunta.gal, la relación definitiva de las personas inscritas.

Sexto. Desarrollo de las pruebas

Las pruebas específicas de acceso se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, y darán comienzo el día 26 de junio, de acuerdo con el calendario que a tal efecto establezcan los tribunales en cada una de las especialidades.

Séptimo. Reclamaciones y recursos

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Orden de 21 de noviembre de 2016, la calificación de las pruebas específicas de acceso podrá ser objeto de reclamación ante el director o directora del centro, quien la someterá al tribunal evaluador correspondiente. Después de recibido el informe del tribunal, el director o directora del centro emitirá resolución motivada al respeto en el plazo de dos días.

2. Contra la resolución del director o directora del centro, lo/la interesado/a podrá presentar recurso de alzada ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria correspondiente en el plazo máximo de un mes a partir de su notificación. En caso de que el recurso se presente a través del centro, la dirección lo tramitará junto con la documentación correspondiente en un plazo no superior a 48 horas. La resolución de la jefatura territorial pondrá fin a la vía administrativa.

3. Los acuerdos y decisiones sobre la asignación de plazas podrán ser objeto de reclamación, presentada mediante escrito fundamentado ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, dirigida a la comisión de acceso, y/o mediante correo electrónico en la siguiente dirección: sxapere@edu.xunta.es.

Octavo. Admisión del alumnado

1. Concluida la prueba específica, y antes del día 4 de julio, los tribunales publicarán la lista de aspirantes presentados/as con expresión de la calificación final obtenida en la prueba específica, y aspirantes no presentados/as, ordenada según la calificación obtenida en la prueba de acceso, en orden decreciente, en el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia, y remitirán dicha lista a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, para su publicación en el portal educativo.

2. Los tribunales encargados de la evaluación y calificación de la prueba específica de acceso deberán resolver las reclamaciones en contra de las calificaciones y/o las solicitudes de corrección de errores recibidas, y publicarán el día 10 de julio la lista definitiva en el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia, enviando las listas a la comisión de admisión.

3. La comisión, a la vista de las listas de los aspirantes que superaron la prueba de acceso, determinará, en función del número de vacantes, los/las aspirantes que obtuvieron plaza, y publicará el día 12 de julio, en el portal educativo de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria: http://www.edu.xunta.gal, la lista definitiva del alumnado admitido ordenada por especialidad.

Noveno. Matrícula

1. Los/las aspirantes que obtengan plaza deberán formalizar la matrícula entre los días 13 y 24 de julio, ambos incluidos.

2. Para la formalización de las solicitudes de matrícula la escuela facilitará a las personas interesadas los modelos para tal efecto. Una vez cubiertos, se entregará la solicitud de matrícula en la secretaría de la escuela, que se adjuntará a la documentación ya presentada por el/la aspirante. La no formalización de la solicitud de matrícula en el plazo estipulado implicará la pérdida del derecho a la plaza asignada para cursar estas enseñanzas en el curso académico 2018/19. Exceptuando casos debidamente justificados, que valorará la Dirección de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia.

3. En el caso de quedar plazas vacantes, el centro podrá realizar pruebas de acceso extraordinarias en el mes de septiembre, de acuerdo con lo establecido en esta resolución. A tal fin, el centro establecerá un calendario de las mismas en la primera quincena de septiembre y hará públicas las vacantes en las distintas especialidades en el tablón de anuncios y en la página web del centro. Finalizado este proceso, el centro comunicará a la dirección general competente en materia de educación el resultado de estas pruebas y, en su caso, el número de plazas que quedaran sin cubrir.

4. La puesta en marcha de cada especialidad estará condicionada a la existencia de un número mínimo de alumnos y alumnas admitidos/as. No se contabiliza, a estos efectos, el alumnado repetidor.

Santiago de Compostela, 24 de abril de 2018

Manuel Corredoira López
Director general de Educación, Formación Profesional
e Innovación Educativa

ANEXO

1. Tribunal encargado de la redacción, realización y calificación de la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático.

Dirección escénica y dramaturgia.

Presidenta: Irene Moreira Fontán.

Secretario: Daniel González Salgado.

Vocales: Alfonso Becerra Arrojo, Xavier Castiñeira Blanco, Laura Rubio Galletero.

Suplentes: Carmen Labella Rivas, Roberto Pascual Rodríguez.

Escenografía.

Presidenta: Carmen Romero Rodríguez.

Secretaria: María Sarmiento Rivas.

Vocales: María Jesús Ramos Calvelo, Carlos Pinilla Trujillo, Alejandra Montemayor Suárez.

Suplentes: Eufrasio Lucena Muñoz, David Mortol Moreno.

Interpretación.

Presidenta: Ana María Fernández Fernández.

Secretaria: Mónica Groba Lorenzo.

Vocales: Ricardo Solveira Díaz, Ermel Morales Ramón, María Cristina Domínguez Dapena.

Suplentes: Pablo Calvo García, Rosa Mariana Fernández Pérez.

2. Comisión de admisión a los estudios superiores de Arte Dramático.

Presidente: Juan Durán Alonso.

Secretario: Xosé María López Carretero.

Vocal: Manuel Francisco Vieites García.