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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 4 de mayo de 2018 Pág. 23360

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 13 de abril de 2018 por la que se notifica a los interesados que se indican la liquidación del préstamo con garantía hipotecaria por la no ocupación de la vivienda de promoción pública y otras causas.

De conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de intentada la notificación personal en la vivienda de promoción pública que consta como último domicilio conocido, se emplaza a los interesados que se señalan en el anexo para ser notificados por comparecencia en la que se le dará conocimiento del contenido íntegro del acto que se le notifica.

La comparecencia deberá efectuarse ante el órgano de tramitación, el Servicio de Régimen Jurídico e Inspección del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS), situado en Área Central, s/n, polígono de As Fontiñas, 15781 Santiago de Compostela, en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta cédula en el tablón edical único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

En el caso de transcurrir dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida al día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

La eficacia de este anuncio queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2018

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO

Expediente: LU 85/100, cuenta 68.

Nombre: Comunidad hereditaria de Enrique Varela Vázquez.

Indicación del contenido del acto que se notifica:

Notificación (artículo 572 de la Ley de enjuiciamiento civil), a la comunidad hereditaria Enrique Varela Vázquez, de la cantidad exigible resultante de la liquidación de préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda de promoción pública adquirida en 1989 al IGVS por Enrique Varela Vázquez y Ana Concepción Parga Fernández.

Se trata de un acto de mero trámite, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, no podrá interponerse recurso alguno.