Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 19 de marzo de 2018
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en Relación
con la Ley de Galicia 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
1º. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 39, 44 y 52 de la Ley de Galicia 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.
2º. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3º. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Madrid, 26 de febrero de 2018
Soraya Sáenz de Santamaría Antón |
Alfonso Rueda Valenzuela |