En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en la correspondiente oficina pública de depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales de esta secretaría general se acordó depositar el acuerdo de modificación de los estatutos de la Central Unitaria de Traballadores (CUT).
– Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
– Ámbito profesional: podrán estar afiliados a la CUT todos los trabajadores y trabajadoras de Galicia mayores de 16 años, en activo, parados, pensionistas o jubilados, con la única condición de que acepten los presentes estatutos, independientemente de sus creencias religiosas, sexo, nacionalidad, ideología o filiación política, siempre que su práctica no entre en abierta contradicción con los objetivos y principios de la CUT
Firmantes: Xulio Axeitos Bello, Carmen Costas Villar y María Jesús Porriño Varela.
Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2018
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo