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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 2018 Pág. 4710

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO de notificación de sentencia (717/2015).

Yo, Begoña Acha Barral, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de refuerzo de familia de Vigo, anuncio que en el presente procedimiento seguido a instancia de Belinda Fernández Domínguez frente a Luis Emilio Texeira Albornoz se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia número 429/2016

Vigo, 19 de julio de 2016.

Teresa A. Fernández Molinos, jueza de refuerzo de los juzgados de Primera Instancia número 5 y número 12 de Vigo y de su partido judicial, ha visto y oído los presentes autos de juicio ordinario sobre privación de patria potestad núm. 717/2015, seguidos a instancia de Belinda Fernández Domínguez, representada procesalmente por la procuradora Sra. Fernández Piñeiro y asistida del letrado Sr. Diz Domínguez, contra Luis Emilio Texeira Albornoz, en situación de rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal ante la existencia de un hijo menor habido en común.

Fallo:

Que, estimando parcialmente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Fernández Piñeiro, en nombre y representación de Belinda Fernández Domínguez, frente a Luis Emilio Texeira Albornoz, en situación de rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal, procede suspender al progenitor demandado Luis Emilio Texeira Albornoz en el ejercicio de la patria potestad respecto del hijo común Alejandro Agustín Texeira Fernández, y, correlativamente, atribuir a la madre en exclusiva la totalidad de las facultades inherentes al ejercicio de la patria potestad sobre el menor.

No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, con apercibimiento de que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, en los términos y con los requisitos establecidos en los artículos 458 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil, para su resolución por la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos de su razón, y definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Luis Emilio Texeira Albornoz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 28 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia