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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Jueves, 18 de enero de 2018 Pág. 3933

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 27 de diciembre de 2017 por la que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinancidas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 380911.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las cooperativas agrarias, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMA), las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o las sociedades agrarias de transformación.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.1 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (procedimiento MR351A), así como convocarlas para el año 2018.

Para ello, serán subvencionables las siguientes inversiones:

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

No se subvencionarán:

a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.

b) No se considerarán subvencionables el IVA y otros impuestos que sean recuperables.

c) Las inversiones en maquinaria o equipamientos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales ni las máquinas de pequeña significación a efectos del conjunto de los socios de la agrupación.

d) La maquinaria y los equipos de carácter forestal.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 27 de diciembre de 2017 por la que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinancidas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 3.000.000 de euros.

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será del 35 % de los costes elegibles, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 50 % en función de la aplicación de los siguientes criterios: 5 % en el caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas; y 10 % por inversiones colectivas cuando el beneficiario proceda de una fusión de cooperativas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2017

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias