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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 16 de enero de 2018 Pág. 2910

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 20 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 380985.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente orden los miembros de los grupos operativos de la AEI constituidos a efecto del desarrollo de un proyecto innovador. Según la redacción del artículo 35 del Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, en la iniciativa de cooperación deberán intervenir como mínimo dos actores. Los grupos operativos estarán formados, por lo menos, por una entidad relacionada con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesionales del sector. Tendrá preferencia la participación de un centro de innovación, investigación o tecnológico de naturaleza pública o privada. Tanto dichas entidades como los centros mencionados anteriormente podrán acceder a la condición de beneficiarios.

Podrán incorporar también, y acceder a la condición de beneficiarios:

1º. Entidades o personas físicas relacionadas con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesionales del sector.

2º. Centros de innovación, investigación o tecnológicos de naturaleza pública o privada.

3º. Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

4º. Entidades asesoras en la conservación o uso sostenibles de los recursos naturales u otras entidades asesoras con intereses reconocidos en el ámbito rural.

5º. Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018. Su código de procedimiento es MR331B.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 20 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

1. La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 13.02.561A.770.0, con código del proyecto 201600417, por un valor total de 2.855.378,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 1.000.000,00 € en 2018, 1.000.000,00 € para en 2019 y 855.378,00 € en la anualidad 2020.

2. Se podrán utilizar otros remanentes que pudieran existir de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en la misma aplicación de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia. Dicha aplicación presupuestaria podrá ser incrementada con fondos adicionales comunitarios, estatales y de la Comunidad Autónoma de Galicia. El incremento del crédito queda condicionado a la declaración de disponibilidad del mismo como consecuencia de las circunstancias señaladas, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

3. Las ayudas están financiadas con fondos Feader en un 75 %, con fondos propios de la Xunta de Galicia en un 22,5 % y con fondos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en un 2,5 %.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 100.000 euros. La cuantía máxima por beneficiario no podrá exceder los 100.000 euros.

Los proyectos podrán desarrollarse como máximo a lo largo de tres anualidades contadas a partir de la anualidad 2018, y podrán tener una duración inferior siempre y cuando sea así formulado en la solicitud de ayuda.

Para proyectos de dos anualidades a cuantía máxima será de 100.000 euros repartidos con un máximo del 45 % en la primera anualidad, y el presupuesto restante en la segunda anualidad.

Quinto. Deber de relacionarse electrónicamente

Tanto la presentación de las solicitudes de ayuda como los demás trámites necesarios para la gestión de este procedimiento administrativo, se harán a través de medios electrónicos, en los términos previstos en las bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2017

Carmen Bouso Montero
Secretaria general técnica de la Consellería del Medio Rural