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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 15 de enero de 2018 Pág. 2712

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa (expediente IN407A 2017/556-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Denominación: cambio de situación del CT Pedroso.

Situación: Vilagarcía de Arousa.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV con conductor tipo RHZ de 42 metros de longitud, con origen en la arqueta proyectada en la LMTS existente VAR808B, Catoira II, en el tramo VAR808B0582, y final en el centro de transformación Pedroso en su nueva ubicación. Centro de transformación de 250 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en Bamio, Vilagarcía de Arousa.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG nº 54, de 19 de marzo de 2014, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 12 meses a partir de la recepción de la presente resolución.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Emprego e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 18 de diciembre de 2017

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra