Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Jueves, 28 de diciembre de 2017 Pág. 59085

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 4 de diciembre de 2017 por la que se notifica la Resolución de 6 de noviembre de 2017, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente COR/135/2015-RP1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 6 de noviembre de 2017, resolución por la que se declara que las obras consistentes en la ejecución de una edificación para uso residencial, en el lugar de Riobó-Meirás, en el ayuntamiento de Valdoviño, provincia de A Coruña, no son legalizables por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente y se ordena su demolición.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Francisco Rodríguez Castañeda, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística