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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miércoles, 27 de diciembre de 2017 Pág. 58458

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 4 de diciembre de 2017 por la que se da traslado de la Resolución de 6 de noviembre de 2017, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente COR/135/2015-RP1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 6 de noviembre de 2017, resolución por la que se acuerda requerir al Ayuntamiento de Valdoviño para que proceda a la revisión de oficio de la licencia municipal otorgada por acuerdo de la Junta de Gobierno local de 26.9.2014 para edificación agrícola ecológica de autoconsumo, en el lugar de Riobó-Meirás, en el ayuntamiento de Valdoviño, provincia de A Coruña.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Francisco Rodríguez Castañeda, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquél en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística