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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Lunes, 18 de diciembre de 2017 Pág. 57338

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 24 de noviembre de 2017 por la que se notifica la imposición de una primera multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/61/2014-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 20 de octubre de 2017, resolución por la que se impone una primera multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 20.2.2015 y 2.3.2016, en las que se declaran ilegalizables las obras consistentes en la construcción de una edificación semienterrada de uso residencial, en el lugar de Pedreda, en el término municipal de Lugo, provincia de Lugo, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico vigente, y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Rodríguez Rodríguez y Ofelia Rodríguez López, mediante la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística