De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica la Resolución de 3 de enero de 2017, de baja de los establecimientos indicados en el anexo, ya que intentada la notificación, no se pudo efectuar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 30 de noviembre de 2017
María Ángeles Herrero Pérez
Jefa del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
ANEXO
Establecimiento: Dayser.
Signatura: C-PO-000614.
Titular: Manuel Fernández Bugarín.
Domicilio: calle González Sierra, 8.
Ayuntamiento: Vigo.