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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Viernes, 15 de diciembre de 2017 Pág. 56711

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2017 por la que se modifican los plazos de justificación establecidos en el artículo 25.2 de la Resolución de 12 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia (Programa Innova Pyme), a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación enmarcados en prioridades estratégicas de la RIS3, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN848D).

El 24 de julio de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 12 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia (Programa Innova Pyme), a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación enmarcados en prioridades estratégicas de la RIS3, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

El artículo 25 de dicha resolución establecía el 15 de diciembre de 2017 como fecha límite para la presentación de la justificación de los gastos correspondientes a la anualidad 2017 (realizados entre la fecha de presentación de la solicitud y el 30 de noviembre de 2017).

Toda vez que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 25 de septiembre de 2017, y la complejidad de análisis de las solicitudes presentadas, se considera necesario ampliar el plazo de justificación para el año 2017 establecido en el artículo 25.2 de la Resolución de 12 de julio de 2017.

En consecuencia, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de los artículos 7.2 y 25.2 de la Resolución de 12 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia (Programa Innova Pyme), a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación enmarcados en prioridades estratégicas de la RIS3, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional ( Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

El artículo 7.2 queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 7. Conceptos subvencionables

2. Para cada anualidad sólo se admitirán aquellos gastos que fuesen realizados y justificados dentro de los plazos establecidos en el artículo 25.2 de esta resolución».

El artículo 25.2 queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 25. Justificación de la subvención

2. Plazos de justificación:

Períodos de emisión de las facturas (realización de gastos) y realización de pagos de los gastos ejecutados:

Primera anualidad:

Para los costes del personal especificados en el artículo 7.3.b.1): desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de noviembre de 2017.

Para los restantes conceptos subvencionables del artículo 7: desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 14 de diciembre de 2017.

Segunda anualidad:

Para los costes del personal especificados en el artículo 7.3.b.1): desde el 1 de diciembre de 2017 hasta el 30 de noviembre de 2018.

Para los restantes conceptos subvencionables del artículo 7: desde el 15 de diciembre de 2017 hasta el 30 de noviembre de 2018.

Plazos de presentación de la documentación:

Primera anualidad: hasta el 18 de diciembre de 2017.

Segunda anualidad: hasta el 15 de diciembre de 2018».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2017

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación