Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 464/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Beatriz Gallego Santiago contra la empresa María del Carmen Oliva, Centro Integral de Belleza Carmen, S.C. y Enrique Castro Abdala, sobre ordinario (cantidades), se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
«Fallo.
Que, estimando la demanda interpuesta por la actora Beatriz Gallego Santiago debo condenar y condeno a la empresa Centro Integral de Belleza Carmen, S.C., cuyos integrantes son Enrique Castro Abdala y María del Carmen Oliva, a que abone a la actora la cantidad de 475,19 euros por los conceptos reclamados en demanda, más el 10 % de interés por mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicacion.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a María del Carmen Oliva, Centro Integral de Belleza Carmen, S.C. y Enrique Castro Abdala, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.
A Coruña, 21 de noviembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia