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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 4 de diciembre de 2017 Pág. 55222

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 29 de noviembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias para la realización de actividades de interés agrario y se procede a su convocatoria para el año 2017.

BDNS (Identif.): 373371.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

1. Serán beneficiarias las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia que concurrieron a las elecciones a cámaras agrarias que tuvieron lugar el 26 de mayo de 2002 según lo recogido en la disposición transitoria única de la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.

Segundo. Objeto

La finalidad de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras es la realización de actividades de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas y con implantación en Galicia, y de los agricultores gallegos en general.

Tercero. Bases reguladoras

Estas ayudas se otorgan al amparo do lo dispuesto en la Orden de 29 de noviembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias para la realización de actividades de interés agrario y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Importe

El reparto de las ayudas se realizará por el sistema de prorrateo hasta agotar el presupuesto (210.000 euros).

El importe de las subvenciones reguladas en esta orden no podrá en ningún caso ser de tal cuantía que supere el coste de las actividades que va a desarrollar la entidad beneficiaria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2017

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias