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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 9 de noviembre de 2017 Pág. 51725

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2017, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lourenzá (expediente IN407A 2017/48-2, 8520 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Begasa.

Domicilio social: Ramón Mª Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.

Denominación: soterramiento de la LMT Pontenova en el cruzamiento con la LAT Boimente-Pesoz.

Situación: ayuntamiento de Lourenzá.

Características técnicas:

1. Línea de media tensión subterránea a 20 kV bajo tubo, con una longitud de 175 m con origen en el apoyo proyectado P-139 de la LMT Pontenova, conductor tipo RHZ1 240 y final en el apoyo proyectado P-140.

2. Instalación de dos apoyos metálicos de celosía con paso aéreo subterráneo, en substitución de los apoyos P-139 y P-140 existentes de hormigón de la LMT Pontenova.

3. Desmontaje de la LMT aérea existente, integrada por 393 m de conductor tipo LA-110 y dos apoyos de hormigón.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310, de 27 de diciembre), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 129/2015, de 8 de octubre (DOG nº 194, de 9 de octubre) y del 175/2015, de 3 de diciembre (DOG nº 232, de 4 de diciembre), por los que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, (DOG nº 22, de 1 de febrero), sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 19 de octubre de 2017

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo