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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 27 de octubre de 2017 Pág. 50005

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 17 de octubre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras, de carácter permanente, que regirán las ayudas para la conciliación por maternidad o paternidad de la persona trabajadora autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento TR341R).

BDNS (Identif.): 367595.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas y entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, que hubieran realizado un contrato de interinidad por maternidad o paternidad y, en el plazo de los quince días siguientes a su finalización, celebren otro contrato con la misma persona, que, según el anexo I, tenga su centro de trabajo (o domicilio social, en el caso de carecer de éste) en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. También serán beneficiarias las sociedades que realicen una contratación en iguales condiciones que en el párrafo anterior con respecto a las personas autónomas societarias.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria pública de las ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, una vez finalizada su baja por maternidad o paternidad, amplíen la contratación de la persona que tenían contratada para cubrir dicha baja en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento TR341R).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 17 de octubre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras, de carácter permanente, que regirán las ayudas para la conciliación por maternidad o paternidad de la persona trabajadora autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento TR341R).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan ochocientos mil euros (800.000 €).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de enero de 2017 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

2. Para las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden habrá el plazo de un mes desde la fecha de la contratación subvencionada. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2017

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria