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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Viernes, 13 de octubre de 2017 Pág. 48129

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 18 de septiembre de 2017 por la que se autoriza la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Trigo II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Trigo II y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 6.9.2017, Juan José Escobar Patiño y Filomena del Valle Alejandre solicitan autorización para la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Trigo II.

Segundo. Los solicitantes presentaron la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre).

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en su artículo 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y en forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administracións públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora, a favor de Juana María Escobar del Valle (35445574K), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Trigo II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 241.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 11.6.1955.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Juan José Escobar Patiño y Filomena del Valle Alejandre (35394748W-35399076Y) 100 % ganancial.

Nueva titular: Juana María Escobar del Valle (35445574K) 100 % privativa.

La nueva titular de la concesión administrativa queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 18 de septiembre de 2017

La conselleira del Mar
Por delegación de firma (Resolución de 5.6.2017)
Juan Carlos Barreiro González
Xefe territorial de A Coruña