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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 6 de octubre de 2017 Pág. 47261

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2017, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ribadeo (expediente IN407A 2017/59-2, 8531 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Belén Prado López.

Domicilio social: A Lagoa, s/n, Rinlo-Ribadeo.

Denominación: LMT, CT y RBT en A Lagoa, Rinlo.

Situación: ayuntamiento de Ribadeo.

Características técnicas:

1. Línea de media tensión aérea a 20 kV con una longitud de 60 m, con origen en el apoyo existente nº 3 de la LMT de 20 kV Ribadeo 1, conductor tipo LA-56 y final en el apoyo metálico proyectado nº 1 fin de línea CTI.

2. Centro de transformación intemperie sobre apoyo metálico proyectado, con una potencia de 50 kVA y una relación de transformación de 20 kV/400-230 V.

3. Línea de baja tensión aérea, con una longitud de 280 m, con origen en el CT proyectado, conductor tipo RZ, sobre 6 apoyos tipo HV.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) del sector eléctrico y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 129/2015, de 8 de octubre (DOG núm. 194, de 9 de octubre), y 175/2015, de 3 de diciembre (DOG núm. 232, de 4 de diciembre), por los que se crea y se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero (DOG núm. 22, de 1 de febrero), sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 4 de septiembre de 2017

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo