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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Viernes, 29 de septiembre de 2017 Pág. 44456

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 14 de septiembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las subvenciones para la financiación de las becas a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil que realizan prácticas no laborales en empresas, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil (procedimiento TR363A).

BDNS (Identif.): 363727.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias las empresas con centro de trabajo en Galicia que, previa firma de un convenio de prácticas no laborales con el Servicio Público de Empleo de Galicia en el marco del Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, suscriban acuerdos con personas jóvenes para la realización de prácticas no laborales.

Segundo. Objeto y ámbito de aplicación

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública de las subvenciones para la financiación a las empresas de las becas de las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que realizan prácticas no laborales en estas empresas (procedimiento TR363A).

Las subvenciones previstas en esta orden se tramitarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras se establecen en esta orden.

Cuarto. Importe

La financiación de las ayudas previstas en esta orden de convocatoria se eleva a 553.073,00 euros y se hará con cargo a los créditos del programa 09.41.323A.471.0, con código de proyecto 201500571 (248.361,00 euros, que figuran en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2017, y 304.712,00 euros para el año 2018).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2017

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria