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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Lunes, 25 de septiembre de 2017 Pág. 43608

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 15 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del Plan Foexga 2017-2018, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

BDNS (Identf.): 362882.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

Que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos.

Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá realizarse antes de la finalización del plazo de fin de ejecución de la actuación, a través del procedimiento del Igape IG192.

Las beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social y no ser consideradas empresas en crisis. A estos efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Que cumplan la normativa de ayudas de minimis según lo previsto en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013), para las empresas del sector pesquero en el Reglamento (CE) nº 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura (DOUE L 190, de 28.6.2014), y para las empresas del sector agrícola en el Reglamento 1408/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013).

Que estén al corriente de los pagos adeudados a las cámaras.

Segundo. Objeto

1. Aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas por parte del Igape para el desarrollo y ejecución del Plan de fomento de las exportaciones gallegas (en adelante, Plan Foexga), con la finalidad de incentivar y estimular el comercio exterior gallego y la internacionalización de las pymes gallegas (procedimiento IG422B), así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión (procedimiento IG422A).

2. El objetivo principal del Plan Foexga es conseguir la internacionalización real de las pymes gallegas y propiciar la comercialización de sus bienes y servicios en los mercados exteriores.

3. Las actuaciones que engloban el Plan Foexga están dirigidas a:

a) Aumentar la base de empresas exportadoras.

b) Fomentar y consolidar la presencia de empresas gallegas en los mercados internacionales.

c) Conseguir una mayor diversificación, tanto sectorial como geográfica de las exportaciones, incorporando nuevos mercados y productos a los procesos de internacionalización de las empresas gallegas.

d) Difundir la cultura de la internacionalización como herramienta de progreso y competitividad.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 15 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del Plan Foexga 2016-2017, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741A.7708, por un importe de 100.000 € con cargo al ejercicio 2017 y por un importe de 1.300.000 € con cargo al ejercicio 2018.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a los 5 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 31 de octubre de 2017, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2017

Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica