De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.2 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y después de intentada dos veces la notificación personal, se pone en conocimiento de los propietarios de la concentración parcelaria de Foxás-Bendaña II (Touro-A Coruña) que se relacionan en el anexo, por medio de este anuncio publicado e el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de Galicia (DOG), la toma de posesión provisional de las fincas de reemplazo de la zona.
El plazo para la presentación de las reclamaciones por superficie comenzará a contarse, para los interesados que se mencionan en el anexo, a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOE.
«En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, le notifico que el director general de Desarrollo Rural resolvió dar con fecha 17.7.2017, la toma de posesión provisional de las fincas resultantes del proceso de concentración parcelaria de la zona de Foxás-Bendaña II, en la que figura usted como propietario.
Dichas fechas para tomar posesión de las fincas son las siguientes:
1. Para terrenos de prado, pasto, labradío sin cosecha y monte, el día 17 de junio de 2017.
2. Para los restantes terrenos, en el momento en el que según la costumbre, se retiren las cosechas actuales.
Importante: la fecha límite para la retirada del arbolado es el día 17.1.2018, debiendo contarse con el preceptivo permiso del Servicio de Montes y el informe favorable del Servizo de Conservación de la Naturaleza, en el caso de especies autóctonas protegidas.
En el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación, podrá reclamar por defecto de superficie en las fincas a usted atribuídas, adjuntando una medición pericial firmada por técnico competente, sobre diferencias de superficie superiores a un margen de tolerancia variable entre la medición in situ y la que conste en el boletín de atribuciones de las nuevas fincas, conforme a lo dispuesto en mencionado artículo 37.
Importante: las personas propietarias de las parcelas de aportación deben permitir a los titulares de las nuevas fincas el acceso a las mismas para proceder en el plazo de dos meses arriba señalado, a la medición de estas.
Debe tenerse en cuenta que:
1. La falta de superficie de una finca no será compensada cuando exista exceso de superficie en el conjunto de las fincas atribuidas al mismo propietario, y ésta sea suficiente para compensar en valor de puntuación el conjunto de las atribuciones.
2. La falta de superficie en terrenos de núcleo rural (total o parcialmente) será compensada en esta misma clase. En el caso de no existir disponible terreno de este tipo y el mismo titular tener exceso de superficie en terrenos de otra clase, la compensación se hará sobre dichos terrenos.
3. No se admitirá reclamación en el caso de que la finca objeto de la misma coincida exactamente en su delimitación cartográfica con la parcela aportada por el mismo titular.
4. Impedir u obstaculizar la toma de posesión se considerada una infracción muy grave (artículo 90 de la Ley 4/2015) sancionada con multa de 1.501 a 6.000 euros.
5. Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, la toma de posesión podrá darse, previo apercibimiento, mediante compulsión directa sobre la/s persona/s que la impidan.
6. Los planos del acuerdo y las coordenadas de los marcos están accesibles en internet en la página web de la Consellería del Medio Rural en la dirección http://mediorural.xunta.gal/areas/infraestruturas/concentracions_parcelarias/publicacions
A Coruña, 24 de mayo de 2017, la jefa del Servicio de Infraestruturas, Ana Arizón Fanlo».
A Coruña, 26 de julio de 2017
Manuel Rodríguez Vázquez
Jefe territorial de A Coruña
ANEXO
Interesados:
María Barral Codesido
José Caneda Mato
Lourdes Caneda Mato
Manuel Caneda Mato
Nieves Cristovo Iglesias
Ramiro Cristobo Iglesias
Josefina Gago Becerra
Enrique Hermida García
Ramón Pajaro Barral
Aquilino Trasar Suárez
Manuel Barreiro Barreiro
María Dolores Carlín Gómez
Manuel Carlín Rendo
Rosa María Carneiro Rey
Constructora Santiso y Quinteiro, S.L.
Dolores Fernández Caldelas
Maximino Fernández Sánchez
Luis Gago Iglesias
Agustín Gago Míguez
María Teresa Gago Míguez
Estrella Gago Rendo
María Socorro García Iglesias
José Gil Canabal
José Antonio Iglesias Cristobo
Carmen Iglesias Souto
Luz Divina Lareo Hermida
Patricia Lareo Hermida
Manuel López Rodeiro
María Teresa Manteiga Moruja
María Jesús Millán Agrasar
Manuel Millán Arteaga
Gumersindo Neira Rendo
Purificación Neira Rendo
Jesús Pajaro Barral
Manuel Pajaro Barral
María Pajaro Barral
Luz Myrian Parra Gaviria
José Manuel Quinteiro Cristobo
Avelino Rendo Barreiro
Laura Rendo García
Maximino Rendo Iglesias
Roberto Rendo Rendo
Manuel Rendo Vilela
María Manuela Rendo Vilela
José Rendo Villar
María del Carmen Rosende Toubes
Carmen Suárez Barreiro
Jesús Souto Suárez
María Teresa Suárez Canabal
José Luis Suárez Carlín
Ramón Suárez Carlín
Isabel Suárez López
Manuel Suárez Rendo
Alfonso Trasar Suárez
Isabel Trasar Suárez