Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 11 de agosto de 2017 Pág. 38917

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (331/2015).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 331/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Diana Torres Chao contra Galmag, S.L. sobre ordinario, se ha dictado decreto de 5 de julio de 2017 con el número 451/2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Acuerdo tener por desistida a la parte demandante de su demanda, acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos sin más trámites.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes y a la demandada por medio de edictos en el tablón de anuncios de este juzgado y en su publicación en el DOG, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº 0049 3569 9200 0500 1274 del Banco Santander, S.A., debiendo indicar, en el campo ”Concepto”, “Recurso” seguido del código “31 Social-revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “Recurso” seguida del “Código 31 Social-revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de jusiticia».

Para que sirva de notificación en legal forma a Galmag, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 5 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia