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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Martes, 1 de agosto de 2017 Pág. 36439

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 11 de julio de 2017 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/79/2014-RP1, devuelta por el órgano notificador por resultar su destinatario ausenten en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 23 de junio de 2017, resolución en la que se declaran ilegalizables las obras ejecutadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica consistentes en la construcción de una nave metálica de cubierta curva de chapa grecada e cubierta curva con distintas alturas y que está adosada a un cierre, solera de hormigón en la zona de la fachada principal, y en la construcción de una segunda nave de planta baja con cubierta a una auga, en el lugar de Barqueira, en el término municipal de Foz, provincia de Lugo, dichas obras no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamento urbanístico y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Luis Alberto Lage García, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística