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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Lunes, 17 de julio de 2017 Pág. 34412

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 23 de junio de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2017012AL-PO, por infracción en materia de seguridad alimentaria.

En fecha 12 de junio de 2017, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2017012AL-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra a La Cantina del Berbés, S.L. con CIF B27775626, como titular del establecimiento Restaurante Club Náutico Panxón.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a La Cantina del Berbés, S.L. con CIF B27775626, como titular del establecimiento Club Náutico Panxón, el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones, ante esta jefatura territorial, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia; calle Fernández Ladreda, número 43, 1ª planta, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, el plazo de ingreso en período voluntario se realizará: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, Santander o http://www.cixtec.es/conselleria, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 23 de junio de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2017012AL-PO.

Denunciada: La Cantina del Berbés, S.L., con CIF B27775626 como titular del establecimiento Restaurante Club Náutico Panxón.

Último domicilio conocido: plaza José Mogimes, número 1 de Nigrán.

Hecho imputado: dos infracciones en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

Reglamento (CE) núm. 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios:

Artículo 5. Sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico. Los operadores de empresa alimentaria deberán crear, aplicar y mantener procedimientos permanentes basados en los principios del APPCC [...].

Anexo II: capítulo II, puntos 1 y 2 d); capítulo II, punto 1 d), y capítulo XII.

Reglamento 1169/2011, de 25 de octubre, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor: artículo 9, puntos 1 c) y 2.

Tipificación: dos infracciones administrativas tipificadas como leves en el artículo 51, punto 1, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción impuesta: cuatrocientos euros (400,00 €).