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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 30 de junio de 2017 Pág. 32127

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (199/2017).

DOI. Despido objetivo individual 199/2017

Procedimiento de origen: despido/ceses en general 199/2017 sobre despido

Demandante: Luz María Gómez Raposo

Abogada: Nerea Bahamonde Romano

Demandados: Llegar y Llenar, S.L. y Fondo de Garantía Salarial

Yo, Blanca Susana Janeiro Amelia, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Luz María Gómez Raposo contra Llegar y Llenar, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número de despido objetivo individual 199/2017, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, citar a Llegar y llenar, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 7 de septiembre de 2017, a las 11.25 y 11.30 horas, en la planta 1ª, sala 6, en el edificio de la Audiencia, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención la actora, pueda ésta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a Llegar y Llegar, S.L., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Pontevedra, 8 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia