De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a las personas que se relacionan en el anexo la resolución denegatoria de su solicitud de derecho a la asistencia jurídica gratuita acordada por la Comisión Provincial de Justicia Gratuita al no ser posible su notificación personal por correo certificado. La eficacia de esta resolución queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.
El texto íntegro de la resolución que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Jefatura Territorial de Lugo, en la ronda de la Muralla, 70, 1º, Lugo.
La presente resolución podrá ser impugnada por las personas que tegan un derecho o interés legítimo en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de esta notificación. La impugnación se realizará por medio de la presentación de un escrito dirigido a la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita en Lugo (ronda de la Muralla, 70, 1º, Lugo) y será resuelta por el juzgado correspondiente, que podrá imponer, a quien la haya promovido de manera temeraria o con abuso, una sanción pecuniaria de 30 a 300 euros.
Lugo, 29 de mayo de 2017
José Manuel Rozas Bello
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
Expediente |
Nombre y apellidos |
Resolución |
PR201A 2017/1470-2 |
Iderlindo Martins Varela |
Denegatoria del derecho |
PR204A 2017/1546-2 |
José Rosendo Murias Teijeiro |
Denegatoria del derecho |