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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 23 de junio de 2017 Pág. 31174

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 5 de junio de 2017 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinataria ausente en el reparto (expediente 107B 2006/35-0).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 24 de abril de 2017, una resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva (IU2/20/2016-B1) derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número 107B 2006/35-0 a Pedro Macías Rivas como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 2 de marzo de 2010, que ordenaba la demolición de 52 apartamentos adosados en grupos de cuatro, cinco y seis vivendas, compuestas de planta sótano, planta baja e planta bajo cubierta, articuladas alrededor de una zona central donde se sitúan piscinas, edificio de servicios, viales interiores, muros de contención de tierras y grandes movimientos de tierras, en San Vicente do Mar, en el término municipal de O Grove, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica al interesado; dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

En cumplimiento del artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el interesado podrá comparecer, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro de dicha resolución y constancia de tal conocimiento. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia la notificación se entenderá producida desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se tenga producida la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1 regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística