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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Martes, 20 de junio de 2017 Pág. 30230

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente IN407A 2017/012-1).

Expediente: IN407A 2017/012-1.

Promotor: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT SMC-722 Residencial Lamastelle.

Ayuntamiento: Oleiros.

Hechos:

1. El 24 de enero de 2017 el promotor solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG de 7 de abril de 2017 y en el BOP de 23 de marzo.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, subministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condicións técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Tramo línea de media tensión aérea SMC-722 (entre apoyos nº 41-3 y nº 41-4), a 15 kV, con una longitud de 105 m, con origen en el apoyo nº 41-3 proyectado que sustituye al existente de la LMT SMC-722 (expediente 31.901), en el tramo de la derivación al CT A Ferrala (expediente 91/09), conductor tipo LA-56 mm2 AI, y final en el apoyo nº 41-4 existente de la LMT SMC-722 (expediente 31.901), en el tramo de la derivación al CT A Ferrala (expediente 91/09).

– Tramo línea de media tensión aérea subterránea, a 15 KV, con una longitud de 271 m, con origen en el paso de aéreo a subterráneo proyectado a realizar en el apoyo nº 41 existente de la LMT SMC-722 (expediente 31.901), donde se realiza la derivación al CT A Ferrala (expediente 91/09), conductor tipo RHZ1-20L 12/20 kV 1×240 mm2 AI, y final en el paso subterráneo a aéreo a realizar en el apoyo nº 41-3 proyectado que sustituye al existente de la LMT SMC-722 (expediente 31.901), en el tramo de la derivación al CT A Ferrala (expediente 91/09).

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 35.680,12 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día seguinte al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta xefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 22 de mayo de 2017

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña