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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Martes, 6 de junio de 2017 Pág. 27363

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2017, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Carballedo (expediente IN407A 2016/142-2, 8451 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle, Ourense.

Denominación: retranqueo LMT PRS803-tramo entre CR A Barrela (27CD92) y CT Lobelle (27AN07) por ejecución autovía Ourense-Lugo (A-56).

Situación: ayuntamiento de Carballedo.

Características técnicas:

Línea de media tensión aérea a 20 kV PRS803 tramo entre centro de reparto A Barrela (27CD92) y centro de transformación Lobelle (27AN07) con origen en la celosía metálica existente tipo C FL 14/2000 y final en el apoyo metálico proyectado nº B6-3 tipo C FL-16/3000, con una longitud de 219 metros en conductor tipo LA-56, se retensa el vano entre el apoyo B6-3 proyectado y el B6-4 existente.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 129/2015, de 8 de octubre (DOG núm. 194, de 9 de octubre) y del 175/2015, de 3 de diciembre (DOG núm. 232, de 4 de diciembre), por los que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017 (DOG núm. 22, de 1 de febrero) sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 15 de mayo de 2017

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo