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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Martes, 6 de junio de 2017 Pág. 27393

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 10 de mayo de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2017021AL-PO, por infracción en materia de seguridad alimentaria.

Con fecha 19 de abril de 2017, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2017021AL-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra a Antonio González González, con DNI 35563375Z, como titular de la Cafetería La Parra.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Antonio González González, con DNI 35563375Z, como titular de la Cafetería La Parra, el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, núm. 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, el plazo de ingreso en periodo voluntario se realizará: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y, 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente; todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA Transacción 1316 NIF S1511001H, Santander o http://www.cixtec.es/conselleria, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 10 de mayo de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2017021AL-PO.

Denunciado: Antonio González González, con DNI 35563375Z, como titular de la Cafetería La Parra.

Último domicilio conocido: O Pereiro, s/n, Xinzo, Ponteareas, Pontevedra.

Hecho imputado: infracción en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

Real decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de calidad del agua de consumo humano.

Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los produtos alimenticios.

Artículo 3, que recoge las obligaciones generales de los operadores de empresa alimentaria.

Artículo 5, en el que se establece el deber de crear, aplicar y mantener procedimientos permanentes basados en los principios de análisis de peligros y puntos de control crítico.

Anexo II: capítulo VII, relativo al suministro de agua.

Capítulo IX, punto 4.

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción impuesta: seiscientos euros (600,00 €).