Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miércoles, 31 de mayo de 2017 Pág. 26197

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 12 de mayo de 2017 por la que se autoriza el bloque común, en la modalidad a distancia, en el centro de enseñanzas deportivas Acadef, de Vigo.

La Orden de 24 de julio de 2015 autoriza la apertura y funcionamiento del centro de enseñanzas deportivas Acadef, de Vigo, para impartir las enseñanzas deportivas de grado medio conducentes a la obtención del título de técnico deportivo en Fútbol (2 unidades de 30 puestos escolares cada una) y de grado superior conducentes a la obtención del título de técnico superior en Fútbol (1 unidad de 30 puestos escolares).

El representante de Acadef (Asociación Académica de Entrenadores de Fútbol), solicita autorización para impartir el bloque común a distancia de las enseñanzas deportivas de grado medio y superior de fútbol.

El Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en su artículo 24 señala la posibilidad de ofertar enseñanzas deportivas de forma modular o parcial, bien sea en régimen presencial o a distancia.

El Decreto 410/2003, do 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia; norma desarrollada por las órdenes de esta consellería de 12 de abril de 2004 y de 23 de abril de 2004, en las que se determina el procedimiento de autorización y los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar los centros.

Por esto, por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Autorizar el bloque común a distancia en el centro de enseñanzas deportivas Acadef, de Vigo, que queda configurado como se señala a continuación:

Denominación genérica: centro autorizado de enseñanzas deportivas.

Denominación específica: Acadef.

Código del centro: 36024914.

Titular: Acadef (Asociación Académica de Entrenadores de Fútbol).

Domicilio: Camiño Escola Andersen, 28.

Localidad: Valadares.

Código postal: 36315.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra.

Composición resultante:

a) Enseñanzas en la modalidad presencial:

• Grado medio: enseñanzas conducentes a la obtención del título de técnico deportivo en Fútbol.

• Grado superior: enseñanzas conducentes a la obtención del título de técnico deportivo superior en Fútbol.

b) Enseñanzas en la modalidad a distancia:

• Módulos del bloque común.

Segundo. Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, previo informe do Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá la docencia, así como el equipamiento adecuado.

Tercero. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. La titularidad de la red de centros queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la mesma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria