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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Lunes, 15 de mayo de 2017 Pág. 23581

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 2 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil Galeuropa dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil con cargo al Programa operativo de empleo juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2017.

BDNS (identif.): 346072.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios/as

BS324A. Personas jóvenes individualmente, inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (en adelante, SNGJ), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

BS324B. Entidades sin ánimo de lucro con sede permanente o domicilio social en Galicia que desarrollen actividades en el campo de la juventud.

BS324C. Ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto es la concesión de ayudas para proyectos de movilidad trasnacional dirigidas a la juventud inscrita en el SNGJ en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, no ocupada ni integrada en los sistemas de educación o formación, para la realización de prácticas formativas no remuneradas en entidades/empresas públicas o privadas en países europeos, durante un período mínimo de 2 meses y máximo de 3.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 2 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil Galeuropa dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil con cargo al Programa operativo de empleo juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 2.176.515,40 €, cofinanciada al 91,89 % por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo.

La distribución de créditos es la siguiente:

BS324A: 676.515,40 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.480.0.

BS324B: 1.000.000,00 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.481.0.

BS324C: 500.000,00 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.460.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Otros datos

Todas las entidades y personas a las cuales se les conceda la ayuda recibirán un anticipo del 80 % sobre el total de la cantidad concedida, si así lo solicitan.

La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se efectúa, en cada procedimiento, por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Las ayudas están sujetas al régimen de costes simplificados basados en costes unitarios. En la convocatoria se establecen unas tablas con importes que varían en función del país de destino, del número y de la duración de las movilidades, así como del número de personas que participen en los proyectos. Los conceptos subvencionables son:

– En el procedimiento BS324A, costes de viaje al país de destino (ida y vuelta), costes de alojamiento y manutención (incluye transporte local y seguros) y ayudas para el apoyo lingüístico.

– En los procedimientos BS324B y BS324C, además de los costes de viaje, alojamiento y manutención de los/las jóvenes participantes, se establecen otros gastos para organización del proyecto (que incluyen gastos como la convocatoria, selección, el apoyo lingüístico y la preparación sociocultural de participantes) y gastos de ejecución de los proyectos (apoyo para los viajes de mentores de la entidad de envío y apoyo para los gastos de la entidad de acogida).

Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2017

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social