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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Lunes, 15 de mayo de 2017 Pág. 23630

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 24 de abril de 2017, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-00481-O-2017 y tres más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-00481-O-2017 y otros tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les otorga un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 24 de abril de 2017

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-00481-O-2017

5826-DPV

Dogolimpo, S.L.

B15995269

Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

3.1.2017; 10.55; DP-2403; 2,0

Art. 141.25 en relación Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.k) en relación letra f) LOTT

801 euros

XC-00911-O-2017

7114-HMH

Servitrucks and Cars Lugo, S.L.U.

B27402825

Realizar transporte público de mercancías, carecendo de título habilitante.

21.2.2017; 9.36; AC-400; 29,3

Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001 euros

XC-01493-I-2016

C-5047-BZ

Peréz y Seoane, S.C.

J15667009

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuídas.

25.5.2016; 10.27; AP-9F; 25,20

Art. 141.4 LOTT

Art. 143.1.f) LOTT

801 euros

XC-01875-O-2016

0235-HLD

Óscar Carretero Boga

44819599K

Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

13.6.2016; 17.35; N547; 46,5

Art. 141.25 en relación Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.k) en relación letra f) LOTT

801 euros