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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Jueves, 11 de mayo de 2017 Pág. 23027

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2017 por la que se convoca un curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN), para licenciados o graduados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y técnicos superiores en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, con el objetivo de alcanzar la formación mínima que deben reunir los/las socorristas acuáticos/as para su ejercicio profesional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y su inscripción en el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el DOG de 9 de abril de 2012 se publicó el Decreto 104/2012, de 16 de marzo, por el que se fija la formación mínima de los socorristas acuáticos y se crea y regula el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de Galicia.

En fecha 7 de abril de 2017 se publicaba en el DOG el Decreto 35/2017, de 30 de marzo, por el que se modifica el Decreto 104/2012, de 16 de marzo, por el que se fija la formación mínima de los socorristas acuáticos y se crea y regula el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de Galicia.

El artículo único del Decreto 35/2017, de 30 de marzo, dispone en el apartado «Uno» que se añaden dos nuevas letras D) y E) en los puntos 1 y 2 del artículo 6; según las mismas, la acreditación de la formación mínima para el ejercicio de la actividad de socorrismo en instalaciones acuáticas, que supondrá la inscripción en la sección socorristas en instalaciones acuáticas, podrá obtenerse mediante el título de licenciado o graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, junto con el certificado de haber superado el curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN), establecido en el anexo VI e impartido por las entidades señaladas en la disposición adicional primera y segunda, y el título de técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, junto con el certificado de haber superado el curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN), establecido en el anexo VI e impartido por las entidades señaladas en la disposición adicional primera y segunda.

Por otra parte, el apartado tercero del citado Decreto 35/2017, añade una disposición adicional segunda por la que la Academia Gallega de Seguridad Pública, en sus propias instalaciones existentes o bien mediante contrato, convenio o cualquier otro instrumento jurídico válido con tercero, podrá impartir los cursos de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en instalaciones acuáticas y el de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales.

En consecuencia, de cara a fomentar la realización de la formación mínima y el acceso al Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de Galicia a través de esta nueva vía, se anuncia la convocatoria de un curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN), para licenciados o graduados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y técnicos superiores en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, con el objetivo de conseguir la formación mínima que deben reunir los/las socorristas acuáticos/as para su ejercicio profesional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y su inscripción en el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunidad Autónoma de Galicia, conforme a las siguientes bases:

Primera. Actividades formativas

La actividad formativa será la que se especifica en el anexo de esta resolución, en la cual se indica también, en su caso, el número de ediciones por curso, número de horas lectivas, número de plazas, y fechas de realización. Dicha actividad formativa tendrá preferentemente horario de mañana y de tarde.

El curso convocado se realizará en la Academia Gallega de Seguridad Pública (c/ Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra), sin perjuicio de la realización de las prácticas u otras actividades necesarias fuera de la Agasp.

En su caso, las personas seleccionadas en las diferentes actividades formativas serán notificadas por correo electrónico de cualquier otra información necesaria.

Segunda. Contenido de las actividades formativas

El contenido de las diferentes actividades formativas convocadas por la presente resolución son las establecidas en el Decreto 35/2017, de 30 de marzo, por el que se modifica el Decreto 104/2012, de 16 de marzo, por lo que se fija la formación mínima de los socorristas acuáticos y se crea y regula el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de Galicia (DOG de 7 de abril de 2017).

Tercera. Destinatarios/as

a) Licenciados o graduados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

b) Técnicos superiores en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes

1. Requisitos generales:

a) Estar en posesión del título de licenciado o graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y no encontrarse inscrito de forma definitiva en el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Estar en posesión del título de técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y no encontrarse inscrito de forma definitiva en el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso al que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.

Quinta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.es); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Además, los interesados durante este plazo de solicitudes, remitirán mediante correo electrónico a la dirección formacion.emergencias.agasp@xunta.es el título de licenciado o graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o de técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán previamente darse de alta en ella, para lo cual es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emergencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en algún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en el que se detecte el hecho.

e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

f) No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el cual ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos.

Sexta. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción es de siete días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

En caso de que no haya un número suficiente de solicitantes que reúna los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Séptima. Criterios de selección

Los criterios de selección son los siguientes y en el orden indicado:

1º. La selección se realizará por orden de entrada de la inscripción.

2º. De acuerdo con el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por lo que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en cada edición del curso se reservará un cincuenta por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Octava. Acreditación de la condición de licenciado o graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas

Los interesados durante este plazo de solicitudes remitirán mediante correo electrónico a la dirección formacion.emergencias.agasp@xunta.es el título de licenciado o graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

La Academia Gallega de Seguridad Pública podrá requerir cualquier documentación que sea necesaria.

Novena. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los/las alumnos/as seleccionados/as serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

El alumnado seleccionado sólo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico, a la dirección formacion.emergencias.agasp@xunta.gal o por fax al número 886 20 61 23, y con una antelación de tres días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Décima. Alojamiento

La Agasp proporcionará siempre que sea posible alojamiento de lunes a viernes en su residencia a todas las personas seleccionadas que lo soliciten. Una vez comunicada la selección, la persona interesada deberá solicitar el alojamiento enviando un mensaje al correo electrónico formacion.emergencias.agasp@xunta.es

Todo esto condicionado a las disponibilidades organizativas y presupuestarias de la Agasp.

Decimoprimera. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad, al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

Decimosegunda. Faltas de asistencia

La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa de los cursos es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente.

El/la alumno/a que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto.

Decimotercera. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento la aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen las pruebas.

Decimocuarta. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar sin necesidad de nueva publicación el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, ampliar el número de ediciones o plazas, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Asimismo, se faculta el director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.

A Estrada, 4 de mayo de 2017

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO

Curso de adaptación de la actividad física y deportiva para el ejercicio profesional
del socorrismo en espacios acuáticos naturales en la Comunidad Autónoma de Galicia (CAFDO-EAN)

Denominación del curso

Núm. de ediciones

Horas lectivas

Plazas
por edición

Fechas

Horario

Curso de adaptación de la actividad física y deportiva para el ejercicio profesional del socorrismo en espacios acuáticos naturales en la Comunidad Autónoma de Galicia (CAFDO-EAN)

1

270

25

Del 26 de mayo al 11 de junio

Viernes y sábado (mañana y tarde) y domingos por la mañana