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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 30 de marzo de 2017 Pág. 15197

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Cultura, por la que se le da publicidad a la relación de ayuntamientos beneficiarios de las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 22 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención a ayuntamientos de Galicia para la mejora de las colecciones bibliográficas de las bibliotecas o agencias de lectura públicas municipales integradas en la Red de bibliotecas de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

En cumplimiento del artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y del artículo 22 de la Orden de 22 de diciembre de 2016,

RESUELVO:

Hacer pública la relación de los ayuntamientos beneficiarios y el importe de las ayudas concedidas según la Orden de 22 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención a ayuntamientos de Galicia para la mejora de las colecciones bibliográficas de las bibliotecas o agencias de lectura públicas municipales integradas en la Red de bibliotecas de Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2017, que figuran como anexo I de esta resolución. Estas ayudas se aprobaron con cargo a la aplicación presupuestaria 2017 10 20 432A 7601, proyecto 2013 00369; con un crédito presupuestario para el año 2017 de trescientos cincuenta mil euros (350.000 €).

Las entidades excluidas son las que se relacionan en el anexo II, de esta resolución.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien impugnarse directamente a través del recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2017

Anxo M. Lorenzo Suárez
Secretario general de Cultura

ANEXO I

Ayuntamiento beneficiario

Importe adjudicado

Mondariz-Balneario

1.176,97

Ourol

1.176,97

Toques

1.176,97

Irixoa

1.176,97

Leiro

1.176,97

Corcubión

1.176,97

Bande

1.176,97

Coirós

1.176,97

A Pobra do Brollón

1.176,97

Alfoz

1.176,97

Avión

1.176,97

Xermade

1.176,97

Aranga

1.176,97

Antas de Ulla

2.206,81

Lourenzá

2.206,81

Sober

2.206,81

Covelo

2.206,81

Mesía

2.206,81

Viana do Bolo

2.206,81

Taboada

2.206,81

Pazos de Borbén

2.206,81

Laxe

2.206,81

Trazo

2.206,81

Catoira

2.206,81

Quiroga

2.206,81

Xove

2.206,81

Tordoia

2.206,81

Monterroso

2.206,81

Mondoñedo

2.206,81

O Saviñao

2.206,81

Cariño

2.206,81

Carnota

2.206,81

Boqueixón

2.206,81

Mondariz

2.206,81

Rois

2.206,81

Cuntis

2.206,81

A Illa de Arousa

2.206,81

Meis

2.942,41

Ribadavia

2.942,41

Cerceda

2.942,41

Ribadumia

2.942,41

San Cibrao das Viñas

2.942,41

Neda

2.942,41

Mugardos

2.942,41

Vila de Cruces

2.942,41

Camariñas

2.942,41

Abegondo

2.942,41

Malpica de Bergantiños

2.942,41

Ares

2.942,41

Ponteceso

2.942,41

Miño

2.942,41

Vilaboa

2.942,41

Valga

2.942,41

Ortigueira

2.942,41

Carral

2.942,41

Outes

2.942,41

Bergondo

2.942,41

Valdoviño

2.942,41

Cedeira

2.942,41

Soutomaior

2.942,41

Oroso

2.942,41

Vimianzo

2.942,41

Melide

2.942,41

Brión

2.942,41

Cee

2.942,41

Pontedeume

2.942,41

Chantada

2.942,41

Padrón

2.942,41

Silleda

2.942,41

Salceda de Caselas

2.942,41

Muros

2.942,41

Burela

2.942,41

A Pobra do Caramiñal

2.942,41

Santa Comba

2.942,41

Caldas de Reis

2.942,41

Ribadeo

2.942,41

Xinzo de Limia

3.678,02

As Pontes de García Rodríguez

3.678,02

O Grove

3.678,02

Rianxo

3.678,02

A Laracha

3.678,02

Baiona

3.678,02

Bueu

3.678,02

Ordes

3.678,02

Fene

3.678,02

Sarria

3.678,02

O Barco de Valdeorras

3.678,02

Cambados

3.678,02

Vilalba

3.678,02

Sada

3.678,02

Mos

3.678,02

Viveiro

3.678,02

Poio

3.678,02

Tui

3.678,02

Sanxenxo

3.678,02

O Porriño

3.678,02

Boiro

3.678,02

Monforte de Lemos

3.678,02

Moaña

3.678,02

Lalín

4.413,62

Cambre

4.413,62

Marín

4.413,62

Cangas

4.413,62

Ribeira

4.413,62

Culleredo

4.413,62

Redondela

4.413,62

Ames

5.884,82

Arteixo

5.884,82

Oleiros

5.884,82

Vilagarcía de Arousa

5.884,82

Narón

5.884,82

Ferrol

7.356,02

Lugo

7.356,02

Ourense

7.356,02

ANEXO II

Ayuntamientos excluidos

*Causa/s de exclusión

Coristanco

1 y 2

Foz

1

A Coruña

1

Val do Dubra

1

Celanova

1 y 2

A Pobra de Trives

1 y 2

Cervo

1

* Causas de exclusión:

1. No realizar entre el 1 de mayo de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, una inversión en la adquisición de fondos bibliográficos con destino a la biblioteca o agencia de lectura pública municipal, con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento.

2. No cumplir con lo establecido en el artículo 4.1 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan las especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.