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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Viernes, 24 de marzo de 2017 Pág. 14354

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (862/2015).

Susana Varela Amboage, secretaria del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que mediante la resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Ana Moure Pena contra Crisóstomo Venture, S.L., en procedimiento de sanción registrado con el número 862/2015, se ha acordado citar a la demandada, Crisóstomo Venture, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la sala de vistas del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, situado en la calle Berlín, s/n; sala de vistas 3, planta baja, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, el día 24 de abril de 2017 a las 10.55 horas y a las 11.00 horas, respectivamente, para la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio. Podra comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que se encuentra a su disposición en la oficina judicial de este juzgado la cédula de citación, la copia de la demanda, el decreto de su admisión y demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda ésta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinatariaa que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Para que sirva de citación a Crisóstomo Venture, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia