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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 23 de marzo de 2017 Pág. 14077

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 2 de marzo de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2017030TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha 1 de febrero de 2017, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador 2017030TA-PO contra Safada Group, S.L., con NIF B94103223, como titular del establecimiento Club Km 130.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Safada Group, S.L., el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que lo asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, avenida Fernández Ladreda, núm. 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 2 de marzo de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2017030TA-PO.

Denunciado: Safada Group, S.L., con NIF B94103223.

Último domicilio conocido: c/ Castelao, núm. 152, bajo, 36980 O Grove.

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

Artículo 4: «La venta y el suministro a través de máquinas expendedoras se realizará de acuerdo con las siguientes condiciones:

d) Características: para garantizar el uso correcto de estas máquinas, deberán incorporar los mecanismos técnicos adecuados que permitan impedir el acceso a los menores de edad».

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como grave en el artículo 19.3.n) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: seiscientos un euros (601 €).