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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 17 de marzo de 2017 Pág. 13295

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 3 de marzo de 2017, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres, devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación no se ha podido efectuar (expediente DX-00489-I-2016).

La persona titular del Servicio de Informes y Recursos de la Subdirección General de Inspección del Transporte acordó la incoación del expediente sancionador DX-00489-I-2016 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se informa que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, en Santiago de Compostela.

Se le otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que considere conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento.

Santiago de Compostela, 3 de marzo de 2017

David Conde Varela
Subdirector general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha; hora; carretera; p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

DX-00489-I-2016

8382-HYT

Álvarez Rodríguez, Manuel

13051358P

El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 13 %.

26.10.2016; 10.28.44; N-550; 130,500

Artículo 142.2 de la LOTT

Artículo 143.1.c) de la LOTT

400 €