Aprobado el programa anual de actividades para el año 2017 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector en su reunión de fecha 15 de febrero de 2017, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, publicará el plan de formación de la UPA para el primer semestre del año en curso.
La Agasp desarrollará en colaboración con el servicio de Seguridad de la Subdirección general de Seguridad y Coordinación de la Dirección General de Emergencias e Interior, competente en materia de coordinación de la formación de la Unidad, los siguientes cursos dirigidos al personal de la UPA, cuyas bases se especifican en el anexo I de esta resolución.
Denominación |
Tipo |
Horas lectivas |
Plazas |
Intervención en auxilio y rescate en situaciones metereológicas adversas |
Curso |
8 |
12 |
Primera Denuncia y elaboración de atestados |
Curso |
8 |
25 |
Violencia de género |
Curso |
25 |
25 |
Control de transportes en redes viarias |
Curso |
20 |
25 |
Datos básicos necesarios confección de documentos propios UPA |
Jornada |
8 |
25 |
Caza y pesca |
Jornada |
8 |
25 |
Intervenciones policiales |
Curso |
20 |
20 |
Patrimonio: Camino de Santiago |
Jornada |
8 |
25 |
Conducción de seguridad y evasiva |
Curso |
8 |
25 |
Vigilancias y seguimiento a personas y domicilios |
Curso |
12 |
25 |
Inteligencia emocional: control emociones situaciones límite |
Curso |
16 |
20 |
Básico de Access |
Curso |
16 |
20 |
Reformas legislativa procedimiento administrativo |
Curso |
12 |
25 |
DRUPAL |
Curso |
8 |
20 |
Aplicaciones informáticas de software libre |
Curso |
20 |
20 |
Desalojos y resistencias pasivas |
Curso |
20 |
20 |
Seminario técnico en materia de inspección ambiental |
Seminario |
8 |
40 |
A Estrada, 15 de febrero de 2017
Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública
ANEXO I
Bases
Primera. Destinatarios
Personal de la UPA en servicio activo.
La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas.
Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.
En el caso de estimarse oportuno, podrán acceder a los cursos, personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad pública que trabajen en Galicia con competencias directas en la materia a desarrollar, reservándose expresamente plazas para ellos.
Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp reservara la facultad de anular la actividad formativa.
Segunda. Lugar y fechas
Los cursos se desarrollarán en las instalaciones de la Agasp.
Las fechas de cada curso, se establecerán con una antelación de 10 días naturales antes de su realización, comunicándose desde la zona a todas las unidades para el conocimiento de todos/as los/las interesados/as.
Tercera. Solicitudes y criterios generales de selección
Las solicitudes se harán directamente a la Jefatura de la Unidad, órgano encargado también de la selección del alumnado.
Los criterios de selección para cada acción formativa, serán los indicados por la Jefatura de la Unidad, en caso de no haber especificidad alguna, se atenderán a criterios de orden de inscripción y numero de cursos realizados con anterioridad.
La Jefatura de la Unidad, remitirá al Servicio de formación en Seguridad Pública de la Agasp el listado del alumnado participante en cada acción formativa con al menos 5 días hábiles del comienzo de cada actividad, con todos los datos precisos para realizar la inscripción de manera correcta.
Quinta. Asistencia a los cursos
1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos
Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.
Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y en ningún caso, podrán superar el 10 % de las horas lectivas.
La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso, el servicio de formación en Seguridad Pública, podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior, en todo caso para poder valorar esta posibilidad no puede transcurrir mas de seis meses entre una edición y la siguiente.
La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no sólo dará lugar a pérdida del derecho al diploma del curso, sino también la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.
2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no se emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.
Sexta. Certificación
Para poder superar los cursos el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo al final de los mismos en caso de que dichos cursos figuren con aprovechamiento.
Séptima. Desarrollo de los cursos
La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.
La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidentes que puedan surgir.
La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten la organización, gestión y docencia.