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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2017 Pág. 8272

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 27 de enero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN519B).

BDNS (Identif.): 331619.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia. Las solicitudes se pueden presentar individualmente o de forma conjunta bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión o cualquier otra similar).

Segundo. Objeto

Mejora de los servicios y acondicionamiento de infraestructuras existentes o de nueva creación, con el fin de que las empresas radicadas en los parques empresariales de Galicia puedan disponer de condiciones más competitivas para desarrollar su actividad económica.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 27 de enero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código del procedimiento IN519B).

Publicadas en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Cuantía

Importe total de la convocatoria: 4.197.000,00 €.

Intensidad de las ayudas:

– Con carácter general: 80 % del importe total considerado como subvencionable, con un máximo de 120.000,00 € por solicitud.

– Para las solicitudes conjuntas, la cuantía porcentual máxima se incrementará en un 15 % con respecto al caso general, con un máximo de 180.000,00 € por solicitud.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de 27 de enero de 2017 en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Se podrá anticipar hasta el 25 % del importe de la subvención concedida.

Santiago de Compostela, 27 de enero de 2017

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria