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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 16 de febrero de 2017 Pág. 7840

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 20 de enero de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2016337TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha de 20 de diciembre de 2016, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2016337TA-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Ocean Summer, S.L., con CIF B94104809, como titular del establecimiento Prive.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Ocean Summer, S.L. el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de esta jefatura territorial sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, núm. 43, 1ª planta y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, el plazo de ingreso en periodo voluntario se realizará: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y, 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente; todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, del BBVA, transacción 1316 NIF S1511001H, Santander o http://www.cixtec.es/conselleria, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

La disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dice que a los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la ley no les será de aplicación, rigiéndose por la normativa anterior.

Pontevedra, 20 de enero de 2017

La jefa territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 33/2014, de 6 de marzo, DOG núm. 53)
Rosa Agrasar Muíños
Jefa del Servicio de Gestión de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2016337TA-PO.

Denunciada: Ocean Summer, S.L., con CIF B94104809, como titular del establecimiento Prive.

Último domicilio conocido: calle Diagonal, 49, 36960 Sanxenxo (Pontevedra).

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

Disposición adicional tercera de la Ley 28/2005, que establece que en los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco.

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 19.2.d) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: setenta y cinco euros (75 €).