En virtud de la Resolución de 20 de septiembre de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 183, de 26 de septiembre, se aprobaron los listados provisionales de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros técnicos, especialidad de ingeniería técnica industrial.
Una vez transcurrido el plazo reglamentario para la presentación de reclamaciones sobre dichas relaciones de personas admitidas y excluidas, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y con la base I.4.2. de las que rigen el proceso selectivo convocado por la Orden de 12 de abril de 2016, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 84, de 3 de mayo, esta dirección general
RESUELVE:
Aprobar los listados definitivos de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros técnicos, especialidad de ingeniería técnica industrial.
El listado definitivo de personas aspirantes admitidas podrá consultarse en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
El listado de personas aspirantes excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, figura como anexo a esta resolución.
La Administración devolverá de oficio el importe ingresado en concepto de derechos de examen a aquellos/as aspirantes definitivamente excluidos/as que, de acuerdo con la base I.3, realizaron el pago con certificado digital o DNI electrónico o bien hicieron constar en su solicitud el número de cuenta a estos efectos. Para la devolución del importe ingresado por aquellos/as otros/as aspirantes que no hicieron constar esos datos y figuren en esta resolución como excluidos/as será necesaria la presentación de un escrito en el que el/la interesado/a haga constar el número de cuenta, la entidad bancaria y la localidad de ésta o de un certificado expedido por la entidad en el que figuren esos datos. Esta documentación deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
De conformidad con lo dispuesto en la base I.3, no procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de los solicitantes admitidos provisional o definitivamente.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en relación con el artículo 10.1 del mismo texto legal.
Santiago de Compostela, 17 de enero de 2017
José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública
ANEXO
Relación de aspirantes excluidos/as
Acceso libre:
Apellidos y nombre |
NIF |
Turno |
Motivo de la exclusión |
Bravo Trillo, Juan Carlos |
79324914F |
Libre |
20, 56, 58 |
Campo Fraga, Diego |
33999323X |
Libre |
16 |
Cid Ramos, Alberto |
36141270J |
Libre |
17, 58 |
Conde Taboada, Arturo |
34970047L |
Libre |
22 |
García Seoane, María Lucrecia |
53160571G |
Libre |
13 |
Pena López, Eva |
76577510E |
Libre |
55 |
Rodríguez Vila, Juan Carlos |
36094489Z |
Libre |
13, 22 |
Código |
Descripción |
13 |
Documentación justificativa exención tasas fuera de plazo |
16 |
Documento justificativo exención tasas no presentado |
17 |
Documento justificativo demandante empleo seis (6) meses antes convocatoria no presentado |
20 |
Tasas no abonadas |
22 |
Tasas abonadas fuera de plazo |
55 |
No cumplir o acreditar requisito titulación |
56 |
Documento justificativo de no percibir prestaciones o subsidio desempleo no válido |
58 |
Documento justificativo de no percibir prestaciones o subsidio por desempleo no presentado |