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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 16 de enero de 2017 Pág. 2245

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 19 de diciembre de 2016 por la que se notifica la imposición de una primera multa coercitiva, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente LUG/36/2013-A4).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 25 de octubre de 2016, resolución por la que se impone una primera multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 11 de abril de 2014 en la que se declaran ilegalizables las obras de instalación de una caseta metálica, instalación de un depósito de agua, ejecución de un forjado de hormigón... en el lugar de A Pudia, Vilaframil, en el término municipal de Ribadeo, provincia de Lugo por ser incompatibles con el ordenamento jurídico vigente y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Ramón Trevín Lodos, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas se notifica al interesado dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedemento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia la notificación se entenderá producida al día siguiente de su publicación.

Contra esta resolución, el interesado puede interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística