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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 9 de enero de 2017 Pág. 954

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2016 por la que se convoca proceso selectivo para la provisión mediante contrato laboral temporal de dos plazas de titulado/a superior para la Unidad de Desarrollo e Innovación Sanitaria.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), creada por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, cuenta, dentro de sus objetivos estratégicos, con el de gestionar y coordinar proyectos y programas de investigación en materia sanitaria desarrollados por la Consellería de Sanidad, el Servicio Gallego de Salud y otras instituciones.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, en colaboración con el Servicio Gallego de Salud y con la Consellería de Sanidad, asume la coordinación del proyecto europeo TITTAN (Network for Translation, Innovation & Technology Transfer in Ageing).

La Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2016, en su artículo 15 prevé la contratación de personal laboral temporal para la realización de obras o servicios concretos y dotados de presupuesto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos (DOG nº 157, de 19 de agosto), esta gerencia

RESUELVE:

Anunciar la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión mediante contrato laboral temporal de dos plazas de titulado/a superior para la ejecución y gestión del proyecto europeo TITTAN (Network for Translation, Innovation & Technology Transfer in Ageing) y aprobar las bases que regirán el proceso.

Las bases reguladoras del indicado proceso se incluyen como anexo I de esta resolución.

Para participar en esta convocatoria los/as interesados/as utilizarán el modelo de solicitud que se incluye en el anexo II.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2016

Sonia Martínez Arca
Gerente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

ANEXO I
Bases de la convocatoria

Bases de la convocatoria para la provisión mediante contrato laboral temporal de dos plazas de titulado/a superior para la Unidad de Desarrollo e Innovación Sanitaria, de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.5.b) del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, en el ejercicio de las competencias atribuidas, dispone publicar las siguientes bases para la selección de dos efectivos de personal laboral temporal del grupo I del V Convenio colectivo único para personal laboral de la Xunta de Galicia para trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo TITTAN (Network for Translation, Innovation & Technology Transfer in Ageing).

Primera. Normas generales

1.1. Número y características de las plazas.

Se convoca proceso selectivo para la contratación, al amparo del artículo 7.5.b) del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, de dos efectivos (gestor de proyectos de innovación y gestor de proyectos de investigación) de personal laboral temporal del grupo I del citado convenio colectivo con una de las titulaciones de grado (o licenciado) recogidas en el apartado 2.1.3 de las presentes bases.

Las personas seleccionadas van a trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo TITTAN (Network for Translation, Innovation & Technology Transfer in Ageing). Se trata de un proyecto que pretende establecer una red de intercambio de conocimiento con siete regiones europeas para potenciar la innovación y transferencia de tecnología en el área de la salud y, especialmente, en aquellas enfermedades y líneas de trabajo que afectan al envejecimiento.

Por una parte, el gestor de proyectos de innovación asumirá la gestión del área temática 1 del proyecto TITTAN, que promueve la transferencia de la innovación que se genera en el sector privado y académico hacia los sistemas de salud.

Por otra parte, el gestor de proyectos de investigación va a asumir la gestión del área temática 2, que trata de promover la transferencia de los resultados de investigación obtenidos en los grupos de investigación adscritos a los sistemas de salud hacia el sector privado.

También asumirá tareas de promoción de colaboraciones público-privadas en torno a la investigación clínica.

En concreto, las personas seleccionadas se contratan para la realización de las siguientes funciones:

Ambos efectivos asumirán las tareas de gestión y coordinación de las áreas temáticas mencionadas anteriormente, llevando a cabo las tareas de actividades administrativas y de justificación económica asociadas al proyecto:

1. Preparar, organizar y dinamizar reuniones de trabajo con el resto de los socios del proyecto y otros agentes implicados.

2. Preparar informes, publicaciones y comunicaciones de actividades y resultados del proyecto.

3. Analizar y priorizar tecnologías susceptibles de ser incorporadas al proyecto.

Desarrollar metodologías de control del proyecto, así como indicadores de seguimiento del mismo.

4. Representar a ACIS en los diferentes foros, redes y organismos, y la interlocución con otros agentes públicos y privados relacionados con el proyecto.

5. Cualquier otra función no definida aquí y considerada desde ACIS relacionada con la ejecución y coordinación del proyecto TITTAN.

* Número de efectivos: 2.

* Centro directivo: el centro directivo es la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud adscrita a la Consellería de Sanidad a través del Servicio Gallego de Salud, en Santiago de Compostela, aunque tendrán que hacer desplazamientos a países de Europa, a causa de su trabajo.

* Duración: desde su formalización hasta un máximo de 2 años y 5 meses.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016, la duración del contrato queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda, computado siempre en su proyección anual.

1.2. Modalidad de contrato.

Las personas seleccionadas firmarán un contrato de trabajo temporal a tiempo completo para la realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica siguiendo las prescripciones de los artículos 15 y 17 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, al amparo del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y demás legislación vigente que resulte de aplicación.

La relación contractual se ajustará a la duración del proyecto objeto de la presente convocatoria, sin que pueda dar lugar a una relación laboral de carácter indefinido ni ser empleada para la reclamación por vía judicial de dicha condición.

1.3. Incompatibilidades.

Las personas contratadas estarán sometidas al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones complementarias.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral temporal, los siguientes requisitos, excepto el certificado médico referente a lo recogido en el punto 2.1.4, que deberá acreditarse en el momento de la contratación.

2.1.1. Nacionalidad.

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

c) Ser nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadoras/es.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de
los/las españoles/as y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho. En las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

e) Tener residencia legal en España, en el caso de tratarse de extranjeros no incluidos en los puntos anteriores.

2.1.2. Edad.

Tener cumplidos dieciséis años de edad.

2.1.3. Titulación académica.

Necesidades de formación del gestor de proyecto de innovación.

Estar en posesión de la titulación de grado (o licenciado) en alguna de las siguientes titulaciones: Economía, Derecho, Ciencias Políticas, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Químicas, Farmacia, Ciencias Biológicas, Medicina, Bioquímica, Biotecnología, Psicología, Enfermería, Ciencias Ambientales, Física, Veterinaria o Ingeniería.

Además de la titulación antes indicada, se requiere poseer uno de los siguientes másteres: máster en Desarrollo Económico e Innovación, máster en Innovación, máster en Gestión de Políticas Públicas o máster en Gestión y Administración de Empresas.

Finalmente, se solicita nivel de inglés B1 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de obligación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Necesidades de formación del gestor de proyecto de investigación.

Estar en posesión de la titulación de grado (o licenciado) en alguna de las siguientes titulaciones: Economía, Derecho, Ciencias Políticas, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Químicas, Farmacia o Medicina.

Además de la titulación antes indicada se requiere poseer uno de los siguientes másteres: máster en Ensayos Clínicos o máster en Investigación Clínica.

Finalmente, se solicita nivel de inglés B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de obligación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2.1.4. Capacidad funcional.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

2.1.5. Habilitación.

No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial cuando se trate de acceder a misma categoría profesional a la cual se pertenecía.

En el caso de nacionales de otros estados, no ser inhabilitado/a, o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

Tercera. Presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.5.b) del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, además de los/las posibles
candidatos/as seleccionados/as por el Servicio Público de Empleo, al que cursará oferta genérica del puesto objeto de esta convocatoria, todas aquellas personas que deseen formar parte del presente proceso selectivo deberán presentar la documentación que a continuación se señala, teniendo en cuenta que, en el supuesto de que los documentos sean fotocopias, éstas tendrán que estar debidamente compulsadas:

a) Instancia según el modelo contenido en el anexo II que acompaña a estas bases.

b) Curriculum vitae pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria y experiencia profesional, así como los títulos, cursos y diplomas obtenidos que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

c) Fotocopia compulsada de la titulación o titulaciones académicas obtenidas, que, en el caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar homologadas en España.

d) Copias compulsadas de certificados de asistencia a cursos o similares relacionados con la materia objeto de la convocatoria.

e) Cuando se trate de aspirantes nacionales de otros países, deberán presentar fotocopia compulsada de los certificados de estudios cursados de castellano que acrediten suficientemente sus conocimientos de este idioma.

f) Fotocopia compulsada del titulo acreditativo de superación del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Diario Oficial de Galicia número 146, de 30 de julio).

La dirección que figure en las instancias se considerará la única válida a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/de la candidato/a tanto los errores en la consignación de la misma como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Para que tengan validez en este proceso selectivo, los documentos que se presenten deberán estar expedidos en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia (gallego o castellano); en el caso de documentos expedidos en otras comunidades autónomas, para que tengan validez deberán estar redactados en castellano o traducidos por titulado/a o por el organismo correspondiente. Tratándose de documentos expedidos en un país extranjero, deberán estar debidamente traducidos, validados y apostillados por la oficina diplomática española.

La presentación de la solicitud se hará en las oficinas de registro de la Xunta de Galicia, oficinas de correos y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia las presentes bases estarán disponibles en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (http://www.acis.sergas.es) y en el tablón de anuncios de la misma. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación oficial.

En la misma fecha de la publicación, las presentes bases se enviarán a la Oficina del Servicio Público de Empleo para su difusión según lo dispuesto en el artículo 7.5.b) del V Convenio colectivo para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Para cualquier aclaración o información adicional los/las interesados/as se podrán poner en contacto telefónico con el Servicio de Gestión de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud en el número de teléfono 981 55 51 03.

Cuarta. Baremo de méritos. Acreditación de méritos y desempates

Baremo.

Para establecer el orden de prelación en la puntuación de los aspirantes que corresponda a la acreditación de méritos establecida en las presentes bases, se aplicará el siguiente baremo:

4.1. Servicios prestados: hasta un máximo de 5 puntos.

4.1.1. Por cada mes de servicios prestados en la Xunta de Galicia en la misma categoría a la que se pretende acceder: 0,15 puntos/mes.

4.1.2. Por cada mes de servicios prestados en otras administraciones públicas en la misma categoría y referidos a los últimos 5 años: 0,10 puntos al mes.

4.1.3. Por cada mes de servicios prestados en las empresas privadas en la misma categoría y referidos a los últimos 5 años: 0,05 puntos al mes.

La suma de la puntuación de los apartados 1, 2 y 3 no podrá exceder de 5 puntos.

Todos los méritos relativos a la experiencia profesional tendrán que ser justificados documentalmente. Los prestados en la Xunta de Galicia o en otras administraciones públicas deberán acreditarse por cualquiera de estos dos medios:

– Certificado expedido por los órganos competentes en materia de personal de la correspondiente Administración donde vengan desempeñando los servicios, incluyendo la categoría y el período (con fecha de inicio y fin del contrato) en los que estuvo trabajando el/la aspirante.

– Fotocopia cotejada de los documentos originales junto con informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (que recoja el/los período/os de tiempo alegado/os).

4.2. Formación: hasta un máximo de 5 puntos.

Por cada curso directamente relacionado con las funciones propias de la categoría a la que se opta organizado e impartido directamente por la Escuela Gallega de Administración Pública, Fegas, Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas, universidades, Inem, Dirección General de Formación Ocupacional de la Consellería de Trabajo, cursos de formación continua del AFEDAP, según la relación de materias que se establece en la convocatoria:

Cursos de hasta 25 horas: 0,1 puntos.

Cursos de más de 25 horas y menos de 75 horas: 0,2 puntos.

Cursos de 75 horas o más: 0,3 puntos.

4.3. Por el conocimiento acreditado del idioma gallego.

Grado superior al Celga 4: 1 punto.

Sólo se concederá validez, por lo que a la acreditación del gallego se refiere, a los cursos o titulaciones homologados por el órgano competente en materia lingüística de la Xunta de Galicia.

De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada por los méritos alegados según el orden establecido en este anexo y, de persistir, a favor de la primera letra del primer apellido, según el orden establecido anualmente en la resolución de la Consellería de Hacienda por la que se publica el resultado del sorteo al que se refiere el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No obstante lo anterior, en el supuesto de infrarrepresentación del sexo femenino en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, el primer criterio de desempate será el de tener la condición de mujer.

Quinta. Tribunal de selección

El tribunal calificador de este proceso se nombrará por la Gerencia de la Agencia Gallega para a Gestión del Conocimiento en Salud conforme a lo previsto en el artículo 11 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Del mismo modo, se recuerda que a la comisión de selección le resultan de aplicación las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección de 11 de abril de 2007 y el Acuerdo adoptado en el Consello de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2010.

Sexta. Admisión de los/las aspirantes y baremación de los méritos

6.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado por el tribunal que los/las aspirantes reúnen los requisitos exigidos según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria y valorados los/las candidatos/as presentados/as, en base a los méritos por ellos/as alegados, conforme al baremo establecido, el tribunal de selección dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, así como las causas de su exclusión.

Dicha resolución se hará pública en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (www.acis.sergas.es) y en el tablón de anuncios de la misma.

Los/las aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, por razón de la urgencia en la cobertura del puesto, a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar, en su caso, las causas de su exclusión.

6.2. La estimación o desestimación de dichas subsanaciones se entenderá implícita en la publicación de la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as con las puntuaciones provisionales de los méritos alegados por los/las aspirantes.

La relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as con las puntuaciones provisionales de los méritos alegados por los/as aspirantes se hará pública en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (www.acis.sergas.es) y en su tablón de anuncios.

Los/las aspirantes admitidos/as dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, por razón de la urgencia en la cobertura del puesto, a partir del día siguiente al de su publicación, para hacer las reclamaciones que estimen oportunas sobre ellas.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no poseen algunos de los requisitos, los/las interesados/as decaerán en todos los derechos que hayan podido derivarse de su participación en este procedimiento.

6.3. Finalmente, el tribunal dictará una resolución que se publicará en la página web de la Agencia (www.acis.sergas.es) y en su tablón de anuncios aprobando la relación definitiva de puntuaciones de los méritos alegados por los/las aspirantes admitidos/as.

6.4. Terminado el proceso selectivo, el tribunal propondrá a la Gerencia de la Agencia como aspirante a contratar para la cobertura de la vacante objeto de esta convocatoria a aquel que haya alcanzado el primer puesto en el orden de prelación de resultados de las puntuaciones definitivas.

6.5. El/la primer/a aspirante de la lista definitiva publicada será el/la candidato/a seleccionado/a para la cobertura de la plaza objeto de esta convocatoria, que deberá presentar en el plazo de cinco días hábiles, desde que se haga pública dicha lista, la siguiente documentación ante la Agencia:

– Tarjeta sanitaria y/o número de afiliación a la Seguridad Social.

– Certificado médico oficial o informe de salud en el que se acrediten los extremos señalados en la base 2.1.4.

– Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas a efectos de acreditar los extremos señalados en la base 2.1.5.

6.6. Si el/la candidato/a seleccionado/a no hubiera presentado la documentación en el plazo establecido o hubiera presentado su renuncia a su contratación para el puesto para el que fue seleccionado/a (caso en el que se hará mediante solicitud expresa al respecto, en el mismo plazo señalado en el punto anterior), resultará, en cualquier caso, automáticamente seleccionado/a el/la siguiente aspirante según el orden de prelación de la lista, que deberá presentar en un nuevo plazo de 5 días hábiles desde el final del anterior, la documentación reseñada en el punto 6.5. Se procederá de esta forma hasta que un candidato presente en plazo y válidamente su documentación.

De la misma forma, si a lo largo de la duración del contrato el/la aspirante seleccionado/a hubiese renunciado al puesto, se propondrá para su sustitución al siguiente candidato/a de la lista por estricto orden de prelación.

6.7. Luego de seleccionado/a el/la candidato/a y presentada su documentación, según lo establecido en los puntos anteriores, comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se procederá a la formalización de la contratación objeto de la convocatoria.

Séptima. Norma final

7.1. Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella o de la actuación del tribunal, con el carácter de definitivos o que, siendo de trámite, decidan sobre el fondo del asunto, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

ANEXO II
Solicitud de participación

Datos personales:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

DNI/pasaporte:

Nacionalidad:

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

Fecha de nacimiento:

Solicito:

1º. Ser admitido/a en la convocatoria para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de la plaza de titulado/a superior como (marcar opción/opciones):

□ Gestor de proyecto en innovación

□ Gestor de proyecto en investigación

2º. A tal efecto presento la siguiente documentación: (relacionar dicha documentación).

Lugar, fecha y firma

Santiago de Compostela, ... de ... de 2017

Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

Avenida Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º A (Edificio CNL), San Lázaro

15707 Santiago de Compostela (A Coruña)