Mediante la Orden de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de 16 de junio de 2016, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 1 de septiembre, se aprueban las bases reguladoras y se convocaron las ayudas a centros privados concertados para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, en aquellos aspectos que no estuvieran ya cubiertos por el correspondiente concierto, desde el día 1 de septiembre de 2016 hasta el 31 de agosto de 2017.
Una vez finalizado el procedimiento establecido en la convocatoria, es necesario hacer pública la relación definitiva de centros beneficiarios de las ayudas, de conformidad con el artículo 12 de dicha orden.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,
DISPONGO:
Primero. Conceder las ayudas económicas a los centros privados concertados que se relacionan en el anexo I de esta orden.
Segundo. Denegar las ayudas solicitadas por los centros educativos que se relacionan en el anexo II de esta orden, por los motivos que en cada caso se señalan.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2016
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria