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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Lunes, 2 de enero de 2017 Pág. 65

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 26 de diciembre de 2016 por la que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

BDNS (Identif.): 327327.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las cooperativas agrarias, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMA), las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o las sociedades agrarias de transformación.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.1 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (procedimiento MR351A), así como convocarlas para el año 2017.

Para ello, serán subvencionables las siguientes inversiones:

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

No se subvencionarán:

a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.

b) No se considerarán subvencionables el IVA y otros impuestos que sean recuperables.

c) Las inversiones en maquinaria o equipamientos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales, ni las máquinas de pequeña significación a los efectos del conjunto de los socios de la agrupación.

d) La maquinaria y los equipos de carácter forestal.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 26 de diciembre de 2016 por la que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 2.975.000 euros.

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será del 40 % de los costes elegibles, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 65 % en función de la aplicación de los siguientes criterios: 10 % en el caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas; inversiones colectivas (beneficiario fusionado en los últimos tres años); cuando el beneficiario procede de una fusión de cooperativas, el importe se incrementará en un 15 %; si el beneficiario procede de fusión de sociedades agrarias de transformación, el importe se incrementará en un 10 %.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2016

Belén Mª del Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias