De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, se da publicidad a los cambios producidos en la Orden de 27 de septiembre de 2016 como consecuencia de las resoluciones de 29 de noviembre de 2016 por las que se modifican los domingos y días festivos hábiles comercialmente para los ayuntamientos de Arteixo, Betanzos y Culleredo, tras la correspondiente solicitud de los respectivos ayuntamientos.
Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Arteixo durante el año 2017 son:
8 de enero
13 de abril
2 de julio
26 de julio
1 de noviembre
3 de diciembre
10 de diciembre
17 de diciembre
24 de diciembre
31 de diciembre
Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Betanzos durante el año 2017 son:
8 de enero
13 de abril
16 de agosto
1 de noviembre
3 de diciembre
8 de diciembre
10 de diciembre
17 de diciembre
24 de diciembre
31 de diciembre
Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Culleredo durante el año 2017 son:
8 de enero
13 de abril
2 de julio
1 de noviembre
3 de diciembre
10 de diciembre
17 de diciembre
24 de diciembre
26 de diciembre
31 de diciembre
Para los restantes ayuntamientos comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, regirá lo dispuesto en la Orden de 27 de septiembre de 2016 (DOG de 13 de octubre).
Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2016
El conselleiro de Economía, Empleo e Industria
P.D. (Orden 10.6.2016; DOG nº 131, de 12 de julio)
Borja Verea Fraiz
Secretario general técnico de la Consellería de Economía, Empleo e Industria