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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Jueves, 1 de diciembre de 2016 Pág. 53371

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (466/2016)

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 466/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marcos Álvarez Salgado contra Transyband, S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 7 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Marcos Álvarez Salgado contra empresa Transyband, S.L., y se declara la improcedencia del despido efectuada por la demandada con efectos de 11 de mayo de 2016 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que readmita al trabajador demandante en las misma condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia a razón de 48,73 euros diarios o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono a la demandante de la indemnización de 9.392,93 euros por despido improcedente; sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial.

La opción del empresario entre la readmisión del trabajador o la indemnización por despido improcedente deberá ejercitarse en el plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado se entenderá que procede la readmisión.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Transyband, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este órgano judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia