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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 25 de noviembre de 2016 Pág. 52738

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se reconoce al Centro de Estudios de Formación Alfer, S.L. como escuela de navegación de recreo (Enal básica).

Antecedentes:

El Centro de Estudios de Formación Alfer, S.L. solicitó el reconocimiento como escuela de navegación de recreo (Enal básica).

Consideraciones legales y técnicas:

1. Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG núm. 221, de 19 de noviembre).

2. Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247, de 11 de octubre).

3. Orden de 31 de julio de 1998 por la que se regula la normativa para el reconocimiento de las escuelas de navegación de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 164, de 25 de agosto).

4. El Servicio de Enseñanza y Titulaciones Náutico-Pesqueras analizó la documentación y realizó las correspondientes inspecciones.

La Dirección General de Desarrollo Pesquero es la competente para resolver el expediente.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVE:

Reconocer el Centro de Estudios de Formación Alfer, S.L. como escuela de navegación de recreo (Enal básica) y, según el artículo 7 de la Orden de 31 de julio de 1998, por la que se regula la normativa para el reconocimiento de las escuelas de navegación de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia, tendrá la consideración de centro colaborador de la Administración en los temas que le son propios.

Asimismo, se procede a su inscripción en el Registro de Escuelas de Navegación de Recreo de la Dirección General de Desarrollo Pesquero con el número de registro XGEN050. Sus instalaciones están situadas en: Arzobispo Malvar, 1, planta 1, puerta 1, 36002 Pontevedra.

La inscripción en el Registro de Escuelas de Navegación de Recreo tiene como finalidad la anotación, seguimiento, control e inspección de la escuela reconocida. Tendrá una vigencia de cinco (5) años, a contar a partir del día siguiente a la publicación en el DOG de la presente resolución, y deberá solicitar su renovación transcurrido ese plazo.

La escuela está obligada a comunicarle al registro cualquier cambio que modifique las condiciones en que fue reconocida, así como el relevo del/de los instructor/es o de la embarcación de prácticas.

Asimismo, la escuela podrá perder su reconocimiento y darse de baja en el registro por no renovar el reconocimiento, por incumplimiento de sus obligaciones o por cese de la actividad por más de tres (3) años. La resolución será publicada en el DOG.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2016

Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero